Sobre el proceso de votación sobre la jornada escolar, te informamos.
Recuerda que los supervisores pueden pedir un certificado del Contenido del acta de los resultados.
Según la orden 25/2016, al artículo 8, punto 13 RECURSOS Y RECLAMACIONES CONTRA RESULTADO ELECTORAL:
Podrá presentarse Recurso de alzada contra la comisión de coordinación del proceso. (segundo ley de procedimiento administrativo)
El plazo para presentarse es de 1 mes.
Se presentará ante Dirección Territorial correspondiente.
La resolución máximo en 3 meses.
Si no tenemos resolución expresa se considera desestimado.
Descárgate el modelo de recurso de alzada